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Incumplimiento del régimen de visitas en Chile: ¿qué cambios se proponen en 2026?

Foto del escritor: Gisella Gárate
Gisella Gárate
14 oct
5 min de lectura

En Chile, el incumplimiento del régimen de visitas es una de las situaciones que más conflictos genera entre padres separados. Durante 2026, el Congreso ha avanzado en la discusión de un proyecto de ley que busca establecer nuevas consecuencias para quienes incumplen sus obligaciones de relación directa y regular con sus hijos.

¿Qué ocurre actualmente cuando uno de los padres impide las visitas? ¿Qué pasa cuando el padre o madre que debe mantener contacto con su hijo simplemente no cumple? ¿Puede intervenir un tribunal? ¿Es posible resolver estas dificultades mediante mediación familiar?

A continuación, explicamos qué establece la legislación chilena, cuáles son los cambios que se discuten y qué alternativas tienen las familias.

¿Qué es el régimen de relación directa y regular?

El régimen de relación directa y regular, comúnmente conocido como régimen de visitas, es el derecho y deber que tiene el padre o madre que no ejerce el cuidado personal de mantener un vínculo periódico y estable con sus hijos.

El artículo 229 del Código Civil establece que este régimen debe desarrollarse considerando siempre el interés superior del niño, niña o adolescente, su derecho a ser oído, su edad y sus necesidades particulares.

Por tanto, no se trata únicamente de un derecho de los padres, sino fundamentalmente de una forma de proteger el derecho de los hijos a mantener relaciones familiares significativas.

¿Qué ocurre si uno de los padres incumple el régimen de visitas?

El incumplimiento puede producirse de distintas maneras.

Por ejemplo, cuando el padre o madre que tiene el cuidado personal impide injustificadamente que el hijo mantenga contacto con el otro progenitor, desconociendo un régimen previamente establecido.

También puede ocurrir cuando el padre o madre que debe ejercer las visitas no se presenta, suspende reiteradamente los encuentros sin justificación o incumple los horarios y condiciones acordados.

Ambas situaciones pueden afectar la estabilidad emocional de los hijos y generar consecuencias jurídicas.

La legislación chilena contempla mecanismos para solicitar el cumplimiento de un régimen establecido y, en determinadas circunstancias, requerir medidas judiciales frente a su incumplimiento.

¿Se pueden recuperar los días de visitas perdidos?

Sí. Cuando el régimen de relación directa y regular no puede ejercerse debido a obstáculos injustificados, el progenitor afectado puede solicitar al tribunal la recuperación del tiempo no utilizado.

El artículo 48 de la Ley N.º 16.618 contempla esta posibilidad, correspondiendo al tribunal determinar prudencialmente la recuperación, según las circunstancias del caso.

Es importante considerar que la recuperación no opera automáticamente. Debe evaluarse conforme al régimen vigente y al bienestar del niño, niña o adolescente.

¿Qué propone el proyecto de ley sobre incumplimiento de visitas en 2026?

Durante 2026, el Congreso Nacional ha continuado la tramitación del proyecto de ley contenido en el Boletín N.º 15.138-18, que busca modificar la Ley N.º 14.908 para regular las consecuencias del incumplimiento del régimen de relación directa y regular.

En junio de 2026, la Comisión de la Mujer y Equidad de Género del Senado aprobó en general la iniciativa, avanzando su discusión legislativa.

El proyecto busca reforzar la responsabilidad de los progenitores frente a los incumplimientos del régimen de contacto con sus hijos, mediante nuevas consecuencias jurídicas y medidas destinadas a proteger los vínculos familiares.

Es importante aclarar que se trata de una iniciativa en tramitación legislativa y no de una ley vigente. Por tanto, las medidas propuestas no deben confundirse con las facultades que los tribunales ya tienen conforme a la legislación actual.

La discusión refleja una preocupación creciente por las consecuencias que puede producir el incumplimiento reiterado de las obligaciones parentales.

¿Puede suspenderse el régimen de visitas?

Sí, pero únicamente cuando concurren circunstancias que lo justifiquen legalmente.

El artículo 229 del Código Civil permite restringir o suspender la relación directa y regular cuando su ejercicio perjudique manifiestamente el bienestar del hijo, mediante resolución fundada del tribunal.

Por ejemplo, pueden existir situaciones de violencia, afectación emocional grave u otros antecedentes relevantes que hagan necesaria una evaluación judicial.

Sin embargo, las diferencias entre los padres no justifican, por sí solas, que uno de ellos suspenda unilateralmente un régimen judicialmente establecido.

Cuando existen riesgos para la seguridad o integridad de un niño, niña o adolescente, deben utilizarse oportunamente los mecanismos judiciales de protección correspondientes.

¿Es posible modificar el régimen de visitas mediante mediación familiar?

Sí. Cuando las circunstancias familiares cambian, los padres pueden recurrir a mediación familiar para intentar alcanzar un nuevo acuerdo sobre la relación directa y regular.

Por ejemplo, puede ser necesario modificar el régimen debido a:

  • Cambios en los horarios laborales de alguno de los padres.

  • Traslados de domicilio.

  • Nuevas necesidades escolares o de salud de los hijos.

  • Dificultades recurrentes en los horarios de entrega y retiro.

  • Necesidad de establecer o modificar pernoctaciones, vacaciones y fechas especiales.

La mediación familiar permite abordar estas situaciones mediante un procedimiento de diálogo, con intervención de un mediador imparcial.

Cuando las partes alcanzan un acuerdo, este debe presentarse al Tribunal de Familia para su aprobación, conforme a las reglas legales aplicables.

Una vez aprobado judicialmente, adquiere fuerza obligatoria en los términos establecidos por la ley.

¿Qué hacer si el otro progenitor no cumple las visitas?

Lo primero es distinguir si existe un acuerdo aprobado judicialmente, una resolución del tribunal o solamente un acuerdo informal entre los padres.

Cuando existe un régimen judicialmente establecido, su incumplimiento puede dar lugar a solicitudes de cumplimiento ante el tribunal, recuperación del tiempo no utilizado y otras medidas que correspondan legalmente.

Si el problema deriva de que el régimen ya no responde a las necesidades actuales de la familia, puede ser conveniente intentar una modificación mediante mediación familiar.

En cambio, si existen antecedentes de violencia, amenazas o riesgos para los hijos, corresponde evaluar las medidas de protección y acciones judiciales pertinentes.

Cada situación requiere un análisis particular, teniendo siempre como consideración principal el interés superior de los niños, niñas y adolescentes.

La importancia de contar con un régimen claro y adecuado

Un régimen de relación directa y regular bien establecido puede prevenir numerosos conflictos.

Por ello, resulta recomendable que los acuerdos regulen de manera precisa los días y horarios, lugares de entrega y retiro, vacaciones, feriados, cumpleaños, comunicaciones y mecanismos para enfrentar situaciones imprevistas.

La claridad de estas condiciones facilita el cumplimiento y reduce las posibilidades de nuevas controversias.

Mediación Familiar CGGS: orientación para alcanzar acuerdos

En Mediación Familiar CGGS contamos con experiencia en la resolución de conflictos familiares y en la elaboración de acuerdos de relación directa y regular, alimentos y cuidado personal.

Nuestro objetivo es facilitar acuerdos claros, equilibrados y jurídicamente adecuados, que consideren las necesidades particulares de cada familia y, especialmente, el interés superior de los hijos.

Ofrecemos servicios de mediación familiar privada, online y presencial en Santiago, permitiendo abordar estas materias de manera profesional, confidencial y personalizada.

Si necesitas establecer o modificar un régimen de visitas, o buscas alcanzar un acuerdo para evitar nuevos conflictos, puedes contactarnos.

Mediación Familiar CGGS

Contenido informativo actualizado a octubre de 2026. No reemplaza la evaluación jurídica de un caso particular.

 
 
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